ESBBÍO-THAMES WATER Y DOS DIPUTADOS CONCERTACIONISTAS

Leyendo El Mercurio de ayer sábado 22, aparece un artículo de dos diputados de la Concertación. Ellos son Jorge Burgos Varela (DC) y Carlos Montes Cisternas (PS). Ambos suscriben el artículo: LECCIONES DEL CASO ESSBÍO-THAMES WATER, quienes señalan y reconocen que «desde el inicio (…), siguieron con particular atención el caso Essbío-Thamer Water (…..)»
Asimismo, entre algunas de sus conclusiones, indican la pobre fiscalización y responsabilidad que recae sobre ciertas irregularidades ocurridas al interior de la sanitaria.
Pero no deja de llamar la atención que -como ya lo hemos hecho notar, en más de alguna ocasión- su gobierno PREMIA a «quienes cumplen mal la pega», a quienes «se condorean». Casos y ejemplos hay muchos. Sacamos a colación esta circunstancia, pues uno de quienes «no cumplieron su pega» fue la SISS y quien estaba en el cargo máximo, el abogado -casualmente DC- Eduardo Saldivia, quien hoy es el flamante Subsecretario de Obras Públicas.
El mismo Superintendente que está plenamente de acuerdo con ESBBÍO en la solución que pretende imponer a Pichilemu y que no es otra que un Emisario Submarino al mar.

¿Qué dice el artículo en cuestión sobre ESSBÍO-THAMES WATER?
Aquí sin ponerle ni quitarle, para que ustedes cibernautas se den cuenta de cómo es la cosa.

Lecciones del Caso Essbio-Thames Water
Jorge Burgos Varela
Carlos Montes Cisternas
Diputados

Desde su inicio, y en nuestra condición de diputados, seguimos con particular atención el caso Essbio–Thames Water, cuyo epílogo se tradujo en la suscripción de un acuerdo en el que Essbio, Thames Water (ex accionista mayoritario) y Corfo pusieron término en el año 2005 a una disputa por conflictos de interés y operaciones reprobables que significó para Thames Water la obligación de indemnizar a Corfo y Essbio en aproximadamente 12 millones de dólares. No obstante lo anterior, y a propósito de lo señalado en su momento por el superintendente de Servicios Sanitarios de la época, en relación con la licitación pública de plantas de tratamiento de aguas servidas (PTAS), estimamos conveniente destacar algunas materias que los nuevos controladores de Essbio y en especial las nuevas autoridades sectoriales deben tener presente para evitar la repetición de lo que a nuestro juicio son malas prácticas.

1. Fiscalización, sanciones y conflictos de interés: La exigencia de llamar a licitaciones públicas para contratos por montos superiores a UF 5.000, no basta para evitar irregularidades. El caso Essbio-Thames Water demostró en los hechos que si la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS) no es proactiva con su deber de fiscalizar y sancionar adecuadamente a las empresas del sector, es relativamente fácil que sea burlada con el consiguiente perjuicio fiscal y de los consumidores. Entre los cientos de documentos que nos tocó revisar, destacan aquellos mediante los cuales la SISS comunicó a Essbio el inicio de procedimientos para la aplicación de sanciones por irregularidades en las PTAS de Concepción y Los Ángeles y de las plantas de agua potable de Penco, Coronel y La Mochita de Concepción, y, sin embargo, la SISS cerró el proceso sin cursar multa alguna. Afortunadamente, la actitud de la SISS frente a hechos censurables fue inversamente proporcional a la celeridad y rigurosidad que demostró la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) al examinar los antecedentes y aplicar las sanciones a los actores. Fue la SVS y no la SISS la que detectó las irregularidades y evidentes casos de conflictos de interés mal resueltos que comprobaron que no fue casualidad ni mérito propio que los contratos más relevantes desde el punto de vista económico licitados por Essel, Essbio y Aguas Nuevo Sur Maule (todas empresas controladas entonces por Thames Water) habían sido adjudicados a Hidrosan y/o a consorcios entre cuyos miembros estaba Hidrosan, empresa ésta a la que estaba vinculado como socio el gerente general de Essbio de entonces.

2. Licitaciones discutibles: En contratos relevantes de PTAS licitados por Essel, Essbio y Aguas Nuevo Sur Maule no se respetaron los principios de igualdad y transparencia, sino que se urdió un procedimiento con el objeto de favorecer a ciertas empresas por la vía de incorporar un menor valor a la operación y mantenimiento de la planta por un período de cinco años que denominaron Valor Actualizado de Costos (“VAC”). Así, el adjudicatario ganaba la licitación por sus bajos costos de operación por el período de cinco años, no obstante haber presentado el costo más alto de diseño, construcción y equipamiento de la planta. Así ocurrió, por ejemplo, con la PTAS de Rancagua, que fue adjudicada a Ashbrook, empresa relacionada a Thames Water, que luego subcontrató la totalidad de los servicios con Hidrosan, y la planta no alcanzó a funcionar un año hasta que Essel dejó sin efecto el contrato de operación, no obstante que el supuesto bajo costo de operación por los primeros cinco años había sido el factor decisivo para definir la adjudicación.

3. Cesión de contratos: Resulta criticable que no se haya objetado una práctica común de Essel, Essbio y Aguas Nuevo Sur Maule, que consistía en que la empresa adjudicataria de una licitación procediera luego a ceder el mismo contrato a otra empresa que no participó en la licitación. A todas luces resulta evidente que este mecanismo de cesión de contratos a terceros constituye un atajo que puede terminar burlando las protecciones y resguardos establecidos en la ley sanitaria en favor de la empresa licitante, de los accionistas minoritarios y de los consumidores o clientes de la empresa, y termina desincentivando la participación de los demás competidores en nuevas licitaciones, más aún cuando en definitiva las empresas beneficiadas son las mismas, hecho que se agrava si entre ellas existe una empresa relacionada al accionista mayoritario.

Total
0
Shares
Realiza una donación a la Enciclopedia Colchagüina para poder preservarla
Publicaciones relacionadas
Realiza una donación a la Enciclopedia Colchagüina para poder preservarla