NOTICIAS Y CRÓNICAS DEL PERIÓDICO "EL EXPRESO DE LA COSTA": CIUDAD FEROZ

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“CALLE DE NADIE”

* Disputa por una calle se prolonga por varios años y municipio no ha tomado una determinación

Un permanente peregrinar por diversas oficinas de diferentes niveles, ha realizado el vecino Eduardo Saldías González, quien hace años viene reclamando la apertura de una calle que a su juicio constituye un bien de uso publico que es ocupado por un particular en forma ilegal, refiriéndose a la prolongación de la calle Alcalde Washington Saldías Fuentealba, ubicada en el deslinde de un terreno de su propiedad. Su reclamo dice, se fundamenta en que su propiedad, al estar ocupada esta calle, pierde uno de los accesos principales, lo que ha sido impedimento para invertir.
En la citada calle y que se encuentra proyectada en el actual plano regulador de nuestra comuna, tiene su vivienda el vecino Juan Carlos Arenas Faúndez, quien compró el terreno en 1995 a un vecino de Santa Cruz. Si bien Arenas cuenta con la escritura de compraventa respectiva, carece de título de inscripción porque quien le vendió tampoco lo poseía.
Si bien Saldías ha recurrido a otras instancias como la Gobernación Provincial, la Contraloría, la Seremi de Bienes Nacionales , es el municipio quien tiene las atribuciones y los instrumentos legales para determinar si el terreno en cuestión es bien de uso público o bien un terreno particular, y aun teniendo los antecedentes no ha resuelto nada, para mal de quien reclama y también de quien ocupa el lugar.
Molesto con esta situación, Saldías dio a conocer a nuestro periódico el último pronunciamiento sobre el tema que hizo el Seremi de Bienes Nacionales de la región, Armando López, a requerimiento del municipio donde en su parte medular manifiesta que “ respecto de la situación que afecta a la propiedad del Sr. Eduardo Saldias González que dice relación con determinar si la franja de terreno ocupada por el Sr. Juan Carlos Arenas Faúndez es bien nacional de uso público , corresponde al Departamento de Obras del municipio que usted representa, precisar a través de los instrumentos formales respectivos, la calidad jurídica de bien nacional de uso público de dicho inmueble”.
Más adelante en el oficio que nos muestra Saldías, el Seremi de Bienes Nacionales manifiesta ….”como fue aprobado el nuevo plano regulador de la comuna de Pichilemu en el cual se contempla precisamente una calle proyectada en el terreno que ocupa el Sr. Juan Carlos Arenas Faundez. Conforme a esta información el mecanismo legal para obtener la apertura de las calles es el contemplado en el Artículo 59 de la Ley general de Urbanismo y Construcciones, esto es, a través de su adquisición o expropiación, trámite, que en el caso planteado no reviste mayor complejidad, toda vez que el ocupante de calle proyectada carece de título inscrito a su nombre. Esta información se encuentra corroborada por la circunstancia que el Sr. Arenas ha intentado regularizar el dominio de dicho terreno a través del D.L. 2695, en tres oportunidades ante esta Secretaría Regional Ministerial, siendo rechazado en todas esas oportunidades, por distintas razones legales.”
Consultado Saldías sobre este pronunciamiento, manifestó su alegría porque en definitiva le daba la razón y por lo que esperaba la mayor celeridad posible del municipio para regularizar esta situación: “- la solución debiera producirse sin mayores dilaciones; toda vez que después de más de 10 años, por fin, se hace respetar la ley en ese aspecto y caso; ya que hay otras calles que también sufren la misma irregularidad.
Es más, se hace más que oportuna, toda vez que a escasos metros se está pavimentando la Avenida Costanera Sur, en el marco del proyecto de Remodelación”
Consultado el director de Obras, Boris Sanhueza, manifestó que la municipalidad aún no toma una decisión sobre este caso, que según señaló, tiene otras implicancias que podrían afectar a otros vecinos.

DATOS CLAVES: Otros pronunciamientos que ha recibido por escrito el vecino Eduardo Saldías González sobre este tema son:
CONTRALORIA:
“ La calle en cuestión sólo se encuentra proyectada y es decisión municipal proceder a su apertura en función de la necesidad que de ella tenga y de los recursos financieros disponibles para proceder a la expropiación correspondiente”.

GOBERNACIÓN CARDENAL CARO:
“Cabe hacer presente que los bienes nacionales de uso público como son calles, plazas y otros, los administra la Municipalidad de la comuna en donde se ubican estos. Es pues, el Alcalde, como órgano superior de dicha institución, quien está investido de la atribución de disponer la desocupación que algún particular pudiere tener respecto de un bien que tenga dicha calidad jurídica. En caso de tener oposición a la desocupación ordenada por dicha autoridad comunal, podrá recabar del Gobernador la Fuerza Pública, quien la otorgará o no, según le parezca o no procedente.”.

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