PICHILEMU RESPIRA UN HÁLITO NUEVO EN ESPERA DE TIEMPOS MEJORES

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PICHILEMU RESPIRA UN HÁLITO NUEVO EN ESPERA DE TIEMPOS MEJORES

Son muchas las reflexiones e ideas que se entrecruzan tras el jueves 7 recién pasado, luego de conocerse -definitivamente- el fallo de la Corte Suprema, que rechazó el recurso de Casación de fondo interpuesto por la defensa del alcalde Vargas -por una parte- y que confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Rancagua y del tribunal de Pichilemu.
Ello dejó por sentado que el delito por el cual fue encausado el edil pichilemino, éste lo cometió tal como fue denunciado por la vecina de la misma comuna -Lidia Catalán González- al margen que se concretara o no, pues la ley sanciona la acción o intención de cometer el delito, en este caso el de Cohecho, más conocido como “coima”.
Tanto el Juez de Pichilemu, los ministros de la Corte de Apelaciones llegaron a pleno convencimiento que los dineros solicitados eran para beneficio propio y no como pretendió probarlo el alcalde Vargas, que eran supuestamente para instituciones pichileminas; lo que quedó descartado cuando en la grabación reproduce el diálogo donde pide dinero.
Se pretendió darle mayores características de delito a la acción de grabar “una conversación en el ámbito privado” y que él (el alcalde) “no la habría consentido”.
Resulta hasta jocoso esta tesis esgrimida por sus defensores.
Es como para que las Nanas que están condenadas en este minuto por haber agredido a menores de edad, presenten un recurso ante tamaña osadía de sus empleadores por haber recurrido a ese forma probatoria de “malos tratos” a sus hijos, como única forma de demostrar ante un Juez, la comisión de un delito como del que se trata.
Lo mismo, resulta de los casos en que delincuentes sean detenidos tras ser sorprendidos robando en la vía pública de algunas ciudades que vigilan las calles céntricas (o de sectores críticos) en algunas ciudades. Pues ellos -ciudadanos de este país- han visto vulnerados sus derechos y tampoco ellos han autorizado para que “sean filmados por tales cámaras de vigilancia”.
Si bien es cierto que también está penado por la ley el filmar y/o grabar, ya en cinta de video o cinta magnetofónica -imágenes y sonido, respectivamente- no es menos cierto que el ilícito se cometió para probar un delito mayor. Y, por tanto, si lo primero es reprochable, más aún es la comisión de un delito mayor que -de otro modo- hubiera sido casi imposible probarlo, toda vez que el imputado mantuvo hasta último momento su “total inocencia”. Aparte de agregar que aquí -según él- se trataba de perjudicarlo políticamente, atacar su honra, etcétera, etcétera.
En tanto, algunos de los integrantes de su equipo de defensores, arguyó “brillantemente y sólidamente” que al alcalde le “tenían rabia, envidia”, entre otros argumentos.
Estas últimas palabras fueron esgrimidas profusamente por uno de sus defensores. Sin embargo, ese defensor -como otros- desconocía por cierto los antecedentes que esos adjetivos o características tienen mucha congruencia con una persona que hacia sus propios iguales ha demostrado actitudes de esa índole y esa persona ha sido, precisamente, su defendido.
Así lo señala textualmente el Tribunal Supremo de su partido, en el Punto 6 del Párrafo V referido a la APLICACIÓN DE SANCIONES DISCIPLINARIAS (de la Página 11, 12 y 13) contenido en la Causa Disciplinaria Rol 09507 sobre la Comisión de Fraude Electoral, cometido en la comuna de La Estrella en el curso del año 1995.
En efecto, en el Punto 6, dice: “Respecto al camarada Jorge Vargas: Se ha comprobado que el camarada Vargas ha mentido en su primera declaración ante el Tribunal al sostener que él remitió los resultados de la comuna de La Estrella a los camaradas Nicolás Días y Rafael Moreno, hecho que no es efectivo y que desmiente en su segunda declaración, agregando que lo hizo por lealtad a los camaradas antes indicados.
A la vez se ha comprobado que el camarada Vargas fue advertido por el camarada Espinoza, partidario de su candidatura, de la comisión de un fraude por parte de los camaradas M.O.V. y N.O.C., que buscaba darlo por ganador. Sin embargo, pese a esto el camarada Vargas creyó o quiso creer en los antecedentes que le proporcionaron Oyarzún, Osorio, Nuñez y Garrido.
Esta ultima actitud refleja el grado de conflicto y animosidad que primó en el espíritu del camarada Vargas y que lo hicieron incapaz de ver la realidad.
En consideración a lo anterior, el Tribunal Supremo del Partido Demócrata Cristiano, acuerda aplicar al camarada Jorge Vargas González, la pena contemplada en la letra d) del Art. 117 del Estatuto del Partido, esto es la suspensión de sus derechos de militante por el término de dos años, contado desde la fecha de notificación de la presente resolución”.

Tras este episodio en la trayectoria política de “este servidor público” cabe preguntarse:
¿Habría ocurrido todo lo que ocurrió de ese momento al presente, si se hubiera cumplido la sanción disciplinaria?
Porque habrá de saberse que los jerarcas de su Partido le levantaron la sanción para que él Sr. Vargas pudiera volver a postularse en las elecciones municipales del año 1996.
¿Cuántas mentiras más, cuántas acciones reprochables (por decir lo menos), cuestionables, se podrían haber evitado? Difícil decirlo, no obstante no cabe duda de la responsabilidad de aquellos dirigentes, mandamases, que vieron en el Sr. Vargas al único camarada y militante de su Partido para que los representara “tan brillantemente” en el ejercicio de un cargo público.
Cabe también preguntarse, ¿qué requisitos son los esenciales en un militante para llegar a obtener la confianza de un Partido para que lo represente en las instancias públicas de elección popular?
¿Cómo prepara un Partido a sus candidatos para que lleguen a representarlo fielmente – de acuerdo a sus postulados, doctrina, estatutos- en cargos públicos?
¿Es acaso, dejándolos que practiquen la confabulación, la mentira, la traición a sus propios iguales, quemando Actas de Votación, Votos, se roben urnas electorales, etcétera, etcétera?
¿Son acaso los Partidos Políticos, las Escuelas, los Colegios o sus propias “universidades” donde forman a sus militantes?
Cabe agregar, que dos personas que aparecen en mencionadas en la investigación sobre el Fraude Electoral cometido el año 1995, en contra del militante Héctor Leiva Polanco (ex Intendente Regional), hoy -aparte del Sr. Jorge Vargas- uno es Alcalde y otro es concejal, en la provincia Cardenal Caro.
No cabe duda, que hay una abierta contradicción con las acciones poco santas que se realizan en nuestra provincia que lleva el nombre de un hombre de fe -hijo de campesinos pichileminos que llegó a ser el Primer Cardenal de la Iglesia Católica chilena- y que, a no mediar actitudes egoístas internas, quizás hubiera sido -también- el Primer Santo Chileno.

¿Saldrá alguna lección de este sórdido capítulo que han sombreado más de diez años en la vida de una comuna y sus habitantes?
¿Harán un “mea culpa” quienes han estado detrás de este personaje que durante su gestión ha estado involucrado en varios casos reprochables y donde siempre se sostuvo en base a mentiras: Licencias Provisorias de Conducir, Caso Calendarios, Presentación de Testigos Falsos en causa criminal, ….?

FUTURO
¿Qué viene ahora?
Deberíamos suponer que algo mejor; sin embargo quién podría asegurarlo …..
Muchas situaciones que afectan al municipio, como acciones en desmedro del patrimonio fiscal no tienen la más mínima importancia en el actual Concejo Municipal. Ninguno se ha referido o manifestado su posición sobre hechos pasados y recientes.
Si hoy algunas situaciones se están resolviendo no han sido, precisamente, por la preocupación personal o
el impulso de su gestión. ¡No!, vienen de un poco más atrás ….
Entonces, en lugar de pensar en que -ojala- sea el mejor, desgraciadamente hay que pensar en que -ojala- sea quien lo haga menos mal.
La actual Ley de Elecciones dejó un vacío legal que no contempla un claro sistema de cómo elegir -en esta situación- al reemplazante del Alcalde. No será quien resultó segundo en la Lista de candidatos a Alcalde de la última elección municipal, donde los candidatos a alcalde y concejales iba en listas separadas.
A escaso un año y meses de que concluya el actual período, será Alcalde uno de los actuales concejales, independientemente de cuántos votos haya sacado el año 2004, sino el que logre simple mayoría al cabo de dos elecciones seguidas si hay empate, o el concejal más votado si persiste el empate.

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