LITIGIO ENTRE EMPRESA DE FCO. J. ERRÁZURIZ Y MARCO JARAMILLO TENDRÁ FALLO DEFINITIVO EN CUALQUIER MOMENTO | |
19 Nov 2011 | |
– Durante 15 años se han producido una serie de escaramuzas, algunas de las cuales han tenido uso de armas de fuego, uso de maquinaria pesada para arrasar con cercos y árboles, uso de la Ley de Seguridad Interior del Estado y pena en Cárcel para uno de los litigantes (a consecuencia de lo anterior), demanda al Estado de Chile ante la Corte Interamericana de Justicia e Informe lapidario y en contra de Chile por parte de la “Human Rights Watch”. En “acuerdo” quedó el fallo de la causa que mantiene la empresa Sociedad Agrícola, Ganadera y Forestal “Las Cruces” Limitada, del empresario Francisco Javier Errázuriz Talavera, con el agricultor Marco Jaramillo Arriagada, y que se circunscribe a un litigio por terrenos y cierros en deslindes entre las partes, cuya historia se remonta a más de 15 años en la justicia. La causa –que ha sido siete (7) veces postergada por el propio demandante, en este caso la mencionada Sociedad Agrícola, Ganadera y Forestal “Las Cruces” Limitada- fue vista el jueves 17 en la Corte de Apelaciones de Rancagua, en la sala integrada por los Ministros Raúl Mera Muñoz, Emilio Elgueta Torres, y Fernando Carreño Ortega. Se estima que la sentencia definitiva de la causa –apelada por Marco Jaramillo- será fallada en cualquier momento. LARGA HISTORIA Cabe recordar que esta es una causa iniciada en contra de la familia Jaramillo Arriagada, por la Sociedad Agrícola Ganadera y Forestal “Las Cruces” Limitada por “Deslindes y Cerramientos” en el año 2005; alegándose derechos sobre terrenos y aguas que le pertenecerían a la mencionada empresa y que son discutidos por los Jaramillo Arriagada. El caso se remonta al 2001, cuando la señalada empresa inició un juicio con la misma figura legal en contra de Marco Jaramillo Arriagada, en donde el argumento de la demandante (la empresa) alegaba ser dueña de la Laguna Centinela. En tanto, Jaramillo alegaba que dicha laguna estaba dentro de su propiedad y que los cercos y árboles divisorios de las propiedades “habían sido hechas desaparecer” por el demandante. Todo lo cual -alegó Jaramillo en el Juicio- estaba certificado con Actas y fotografías del Notario de Pichilemu, entre otras evidencias que le daban la razón, como planos, etcétera. El litigio, se recordará, causó expectación y notoriedad pública, cuando en el verano de 1998 el empresario y entonces Senador Fco. J. Errázuriz invitó por los medios de comunicación a “conocer” la laguna “Centinela”, a orillas del mar, a unos 12 kilómetros al norte de Pichilemu; anunciando de paso que allí crearía un balneario popular para que las familias fueran allí a disfrutar de esos lugares desconocidos para el común de la gente. El empresario, en la ocasión, dispuso de locomoción para aquellos que se motivaron a conocer el lugar; pero –paralelamente- eso ocasionó una serie de enfrentamientos entre trabajadores de Errázuriz y la familia Jaramillo Arriagada, donde se estuvo a muy poco de tener consecuencias fatales. Importante es señalar que esta situación que se remite a una causa entre particulares, privados, en el tiempo ha derivado a otras causas, como la interpuesta el año 2003 aproximadamente, por la misma empresa en contra de la familia Jaramillo Arriagada, por el supuesto delito de “Falsificación de Instrumento Público”. Así también, se conoce que por “fabricar” instrumentos públicos, en donde se agregó fechas que no correspondían, una conocida Notaría santiaguina fue cerrada de por vida al incurrir en actos impropios. Por otra parte, se sabe que –como consecuencia de estos litigios, entre privados- fue utilizada la Ley de Seguridad Interior del Estado (aplicada a los terroristas), no obstante éste fue sobreseído en primera instancia en un Tribunal de Santiago. Así y todo, esta misma Ley de Seguridad Interior del Estado fue esgrimida en un Tribunal de Rancagua, y éste llevó a la cárcel a Marco Jaramillo durante 13 días. Este hecho sirvió para que, más tarde, el afectado, Marco Jaramillo Arriagada demandara al Estado de Chile en la Corte Interamericana de Justicia, cuya sede está en Washington D.C. Por su parte el veedor del «Human Rights Watch» para toda América, el inglés Sebastián Brett, con sede en EE.UU., condenó el hecho en el reporte anual del año 2002/03. Al condenar el uso de dicha ley ésta ha sido finalmente DEROGADA gracias a Marco Jaramillo A. y a la periodista Alejandra Matus, quienes han sido luchadores incansables por la libertad de Expresión. El hecho que se haya hecho “mal uso y abuso” de dicha norma en una causa civil –en una Causa entre privados- del “art.6, letra b, del código militar” el que jamás se debió haber utilizado y/o aceptado por la Corte de Rancagua (en ese tiempo, por el Juez Víctor Montiglio, hoy ya fallecido), bastó para que fuera consignado en el informe de Human Rights Watch, el que fue abiertamente lapidario y condenatorio para Chile. Por otra parte, se vulneró una norma suscrita –el año 1992 en Costa Rica- por el Gobierno de Chile, cuyo Presidente era Patricio Aylwin, en torno a los Derechos Humanos. Y que se contravino al aplicarse en este caso en contra de una persona –con Cárcel- que estaba defendiendo legalmente lo que es suyo y la dignidad de su (s) familia (s).
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LITIGIO ENTRE EMPRESA DE FCO. J. ERRÁZURIZ Y MARCO JARAMILLO TENDRÁ FALLO DEFINITIVO EN CUALQUIER MOMENTO
19 noviembre 2011
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