Se acerca la sentencia en el caso contra el exalcalde de Pichilemu, Córdova, por presuntas faltas a la probidad

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Este jueves, el Tribunal Electoral Regional de O’Higgins ha emitido una resolución trascendental en el caso de inhabilidad que involucra al exalcalde de Pichilemu, Roberto del Carmen Córdova Carreño. Con esta certificación, se confirma que el término probatorio ha vencido, por lo que el proceso judicial registrado bajo el Rol N° 5.108-23 entra en sus etapas finales.

El tribunal, presidido por el Ministro Jorge Fernández Stevenson e integrado por los abogados Bernarda Jeannette Soto Farías y Gastón Alejandro Bobadilla Quinteros, ha emitido la resolución, autorizada por el Secretario Relator Flavio Gonzales Camus, que se notificó oficialmente en el estado diario de hoy declarando: “Atendido al mérito de autos, certifíquese por el señor Secretario del Tribunal, que el término probatorio se encuentra vencido”.

El período probatorio comenzó formalmente el 1 de febrero de 2024, centrado en varios puntos clave. La firma y aprobación del Decreto Alcaldicio N° 746 por parte del exalcalde Córdova el 18 de marzo de 2021, mediante el cual se sobreseyó al entonces Jefe del Departamento de Salud Municipal Cristian Pozo Parraguez, en un procedimiento disciplinario ordenado por el Decreto Exento N° 149 del 20 de enero de 2021. Además, el apoyo que el exalcalde brindó públicamente a Pozo durante su candidatura a alcalde de Pichilemu, manifestado en medios de comunicación, en su cuenta de Facebook y en un programa radial de Entreolas. Además, se consideró como punto controvertido la consideración de si estas acciones constituyen una violación grave a la probidad administrativa, y la evaluación de si la acción legal ha caducado debido al tiempo transcurrido.

Durante el periodo de prueba, se presentaron diversos antecedentes. Se revisaron grabaciones de programas radiales en los que Córdova manifestó su apoyo a Pozo Parraguez. En una de las grabaciones del 6 de marzo de 2021, Córdova declaró que no podría presentarse a la reelección y que apoyaba a Pozo Parraguez como su sucesor. Además, se incluyeron videos y publicaciones en Facebook, especialmente un video del 23 de marzo de 2021 en el perfil de Pozo Parraguez, donde Córdova reiteró su respaldo. También se revisó un oficio de Contraloría en que declara que el pronunciamiento emitido el año pasado constituía un acto trámite, lo que da a entender que el proceso judicial es la continuación de este, y por lo tanto no estaría proscrita la responsabilidad del exalcalde.

Con el término probatorio vencido, las partes tienen un plazo de diez días para presentar por escrito sus observaciones sobre las pruebas, según lo dispuesto por el artículo 430 del Código de Procedimiento Civil. Este paso, aunque no obligatorio, permite a las partes formular sus conclusiones y argumentos finales sobre las pruebas presentadas. Una vez vencido este plazo, el Tribunal procederá a citar para oír sentencia. Esta citación es el último trámite antes de que se dicte la resolución final, que determinará si el exalcalde Córdova incurrió en faltas graves a la probidad administrativa y si procede su inhabilidad.

Este caso es significativo para la transparencia en la gestión pública de Pichilemu. El fallo del Tribunal podría tener importantes repercusiones en el ámbito político local. Hoy el exalcalde Roberto Córdova se encuentra reuniendo patrocinios para presentar su candidatura a alcalde como independiente.

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