El Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel) resolvió que el Tribunal Electoral Regional (TER) de O’Higgins deberá dar curso a la solicitud de inhabilitación en contra del exalcalde de Nancagua, Luis Escanilla Gaete, por presuntas faltas graves a la probidad administrativa y notable abandono de deberes.
La resolución, dictada el 29 de octubre de 2024, revoca un fallo previo del TER que había declarado caducada la acción legal debido al vencimiento del plazo establecido en el artículo 51 bis de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades (Ley N°18.695). Este artículo fija un período de seis meses posteriores al término del mandato para presentar este tipo de requerimientos.
La apelación, presentada por el actual alcalde de Nancagua, Mario Bustamante Salinas, junto a cuatro concejales de la comuna, alegó que el plazo para la acción quedó suspendido en 2020 debido a una investigación especial de la Contraloría Regional. Dicha investigación concluyó en mayo de 2024 con una resolución que acreditó la responsabilidad administrativa del exalcalde Escanilla.
El Tricel acogió el argumento, determinando que la suspensión del plazo se extendió hasta la notificación del informe final de Contraloría el 17 de mayo de 2024. Por tanto, la acción presentada el 7 de junio de 2024 fue considerada oportuna.
Con este fallo, el TER deberá continuar el procedimiento para determinar si corresponde declarar la inhabilidad de Luis Escanilla para ejercer cargos públicos durante cinco años. Este proceso responde a las acusaciones de notables incumplimientos administrativos durante su gestión como alcalde de Nancagua, cargo que ocupó hasta junio de 2021.
El fallo incluyó un voto disidente del presidente del Tricel, ministro Arturo Prado Puga, quien consideró que el plazo de seis meses es de caducidad y no admite interrupciones. Según su postura, la acción habría expirado en diciembre de 2021.
El caso es similar a la solicitud de inhabilitación presentada por tres concejales de Pichilemu -Tobías Acuña, Sofía Yávar y Héctor Cornejo- en contra del recientemente elegido alcalde de Pichilemu Roberto Córdova Carreño, por un sumario de Contraloría por faltas a la probidad. El TER en su momento señaló que la acción estaba prescrita y además argumentó que las faltas no eran graves, suficientes como para conseguir su inhabilitación.